LAN TAM

Estimado señor Director,

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó finalmente la fusión de LAN con TAM, sujeta a algunas condiciones, como la renuncia parcial a acuerdos de código compartido y la mayor apertura de la ruta de Santiago a Lima. Obtuvo todo lo anterior a pesar que el TDLC destaca la historia anticompetitiva de LAN en Chile y el exterior; su sistemática entrega de información poco confiable; que el negocio se basa en una red que fusionada va a ser difícil de desafiar en los mercados relevantes para los chilenos; que sus tarifas domésticas, aún antes de la fusión, son superiores a las competitivas; que el Plan de Auto-Regulación no controla efectivamente la posición dominante de LAN en el mercados doméstico chileno; que el fragmentado mercado aéreo sudamericano es muy imperfecto para generar redes alternativas y que se está lejos de una verdadera apertura de los cielos, incluso en Chile; entre otras razones.

Establecido todo lo anterior sorprende entonces la aprobación final dada por la mayoría de los ministros y su confianza depositada en los solicitantes y la efectividad de las medidas mitigatorias. El voto disidente, que comparto en su integridad, rechaza la fusión recordando que una línea aérea con el  77% de participación en el mercado doméstico y un 75% en el mercado sudamericano, donde se da la mayor parte de los viajes a y desde el exterior de los chilenos, no se puede de verdad controlar con algunas medidas mitigatorias para que se comporte de manera competitiva. Mejor habría sido abrir definitivamente y de manera unilateral los cielos chilenos y que TAM, así como otras, desafiaran a LAN tanto en el mercado doméstico como el internacional.

Pero ahora LAN y TAM, autorizadas a fusionarse, quieren que algunas de las restricciones como las mencionadas anteriormente no les sean aplicables, como si fuesen separables de la autorización de fusión. El fallo, guste o no, es integral y por lo mismo no se puede ahora escoger lo que conviene y desechar lo que restringe. Lo que uno esperaría se discuta en la Corte Suprema es la aceptación de la fusión condicionada o el rechazo en su integridad, no un mejoramiento de lo ya obtenido, llevando la situación quizás más allá del límite.

Saluda atentamente a Ud.,

Manuel Cruzat Valdés
Carta a La Segunda
07 de Octubre de 2011

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