¿Se puede evaluar TRANSBANK separado de sus dueños, los bancos?

Sencillamente, no, pero así es como TRANSBANK quisiera que fuese evaluada en la reciente consulta[1] ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), declarando su conformidad con su propuesta de sistema tarifario para poder operar como adquirente en un modelo de cuatro partes.

En esencia, su única responsabilidad en lo referente a la libre competencia radicaría en que su Margen Adquirente (MA) cobrado al comercio, así como sus tarifas y facilidad de acceso a los Proveedores de Servicios de Procesamiento de Pagos (PSP), se determinarían a partir de un panel de tres consultores independientes nombrados por TRANSBANK y la Fiscalía Nacional Económica que los estimarían en base a sus “costos medios de largo plazo”, una “tasa de rentabilidad normal” y las “economías de escala y efectos de red” que justificaran tramos de descuentos.

Así, el Merchant Discount (MD) final a cobrar al comercio vendría determinado por un MA a “costo económico” más unas exógenas Tasa de Intercambio (TI) y Costos de Marca definidos por VISA, MasterCard y American Express, indistintamente.   

El problema de lo propuesto radica en que el negocio de TRANSBANK, a diferencia de cómo se presenta y quisiera ser regulado, no es independiente del negocio que los bancos – sus dueños – hacen también en medios alternativos de pago, especialmente las transferencias bancarias por internet que se perfeccionan a través del Centro de Compensación Automatizado (CCA), otra sociedad de apoyo que conjuntamente controlan, así como tampoco le es indiferente los incentivos económicos que las propias Marcas de Tarjetas entregan directamente a sus dueños, los bancos, para fomentar su uso – y que explican en sus propios estados financieros como sociedades anónimas abiertas transadas en los mercados de capitales internacionales -.

TRANSBANK es parte de un negocio global de transferencias y créditos del cual esta sociedad y sus dueños participan a través de diferentes vehículos, todos interdependientes entre sí, y cuyo resultado final es actualmente incompatible con un mercado competitivo de pagos.

Es por ello que el “costo económico” a estimar va a estar, por la propia definición parcial planteada por TRANSBANK, errado, si no se incluye en su evaluación la integridad de las sociedades de apoyo involucradas en el mercado de pagos y los incentivos y rebates que los bancos perciben desde las grandes marcas de tarjetas, así como las comisiones que pagan a éstas. Como estos elementos, que son básicos pero que en ninguna parte de la propuesta aparecen, mal podría esperarse que las estimaciones llegasen a buen puerto.

Para situar el cuadro en su más amplia perspectiva, recordemos que el mercado global de pagos de “menor valor” en Chile fue de US$ 2.918 mil millones en el año 2019, o aproximadamente 10 veces su PIB.   

De ese mercado, las transferencias bancarias por internet realizadas por personas jurídicas representaron un 74% del monto total y ciertamente no eran de “menor valor”: la transferencia promedio fue de $ 20.17 millones. El siguiente gran componente, los cheques, está en camino a su extinción por la obvia ventaja que representan las transferencias electrónicas. Representaron un 14% del monto total y tampoco eran de “menor valor”: su valor promedio fue de $ 2.9 millones.

Son los remanentes US$ 350 mil millones, representativos del 14% del monto total de pagos, los que efectivamente tienen una naturaleza de menor valor, y están conformados por los giros en cajeros automáticos, en transacciones vía tarjetas de crédito y débito y en transferencias bancarias por internet realizadas por personas naturales. En términos de transacciones, constituyeron el 95% del total agregado.


[1] Rol NC N° 463-20, caratulado “Consulta de TRANSBANK S.A. sobre el sistema tarifario implementado por TRANSBANK desde el 1° de abril de 2020” ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Para hacer realidad estos servicios, especialmente aquellos ligados al mercado de pagos de menor valor, la red interdependiente de sociedades de apoyo distribuye las responsabilidades: TRANSBANK participa en la adquirencia del comercio; REDBANC, en la operación de cajeros automáticos y el procesamiento de tarjetas de débito; NEXUS, en el procesamiento de tarjetas de crédito y tarjetas de pago con provisión de fondos; el Centro de Compensación Automatizado, o CCA, en el procesamiento de las transferencias electrónicas de fondos y por último, SERVIPAG, en el pago de cuentas.

¿Pero quién puede acceder a competir en las transferencias bancarias por internet? Estas se perfeccionan a través de la esencial sociedad de apoyo – de propiedad de los bancos – Centro de Compensación Automatizado, CCA, que cobra $ 8 por cada transacción interbancaria, independiente de su valor monetario, en crudo contraste con el cobro de Merchant Discount que afecta al comercio que supera los $ 160 y $ 600 por transacción promedio vía débito y crédito, respectivamente.

De continuar el control de estas cinco sociedades de apoyo por parte de los bancos, a precios y condiciones de acceso de terceros determinados por ellos mismos de manera discrecional, sin restricción competitiva alguna, y simultáneamente influidos por sus relaciones de comisiones, incentivos y rebates con las grandes marcas de tarjetas, nunca va a ver la luz un mercado competitivo de pagos.

Ya es hora que se evalúe la integridad de este mercado y tal como TRANSELEC (empresa de transmisión eléctrica) terminó separada de ENDESA (empresa de generación eléctrica) en tiempos pretéritos, las sociedades de apoyo esenciales en el mercado de pagos chileno sigan igual curso, permitiendo que terceros puedan acceder a ellas en las mismas condiciones de seguridad operativa y costo marginal de largo plazo que los bancos, además de investigar a fondo la relación de estos últimos con las grandes marcas de tarjetas y sus flujos bidireccionales asociados, a la luz del DL 211.   

Es por todo lo anterior que no tiene sentido aprobar lo propuesto por TRANSBANK, por su evidente parcialidad e incompatibilidad con un mercado realmente competitivo. En la actualidad, los incentivos de esta red de actores interdependientes no están colocados para promover la instancia más barata de transacción, particularmente cuando no se necesita crédito, sino las más caras, muchas veces asociadas a ventas atadas de transferencia de dinero y crédito – o garantía – que no se necesitan cuando los recursos ya están disponibles en las cuentas corriente o vista, siendo lo descrito justamente reflejo de una profunda falla del sistema. ¿Cómo va a ser defendible y sostenible que el sistema tienda a llevar a un segmento de la población a servicios sustancialmente más caros cuando los más baratos estarían para todos disponibles si se abriera el acceso competitivo al corazón transaccional de las transferencias de dinero?

Es por todo lo anterior que no tiene sentido aprobar lo propuesto por TRANSBANK, por su evidente condición de “equilibrio parcial”, cuando lo que se necesita es una solución competitiva de “equilibrio general”, abarcando la integridad del mercado de pagos y todos sus actores, existentes y potenciales.

Manuel Cruzat Valdés

26 de junio de 2020

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